El INE debe poner nuevamente al aire el promocional, donde el presidente nacional de Morena menciona que después de la compra del avión presidencial por 7 mil 500 millones de pesos, se compró otro para el secretario de la Defensa y uno más de lujo para el ex procurador General de la República, Jesús Murillo Karam por 80 millones de dólares.
En la sentencia del tribunal se establece que “resulta equívoca la información de la autoridad responsable en el sentido de que hubo una sobreexposición del dirigente partidista”.
De manera que la sala superior consideró que en ejercicio del buen derecho el espot “no podría constituir un acto anticipado de campaña, porque en el contenido del promocional no se advierte algún llamado al voto o expresión que denote o exprese la búsqueda de apoyo a favor de algún candidato o del dirigente”.
También resolvió que no se advierten elementos de que López Obrador “excediera los límites de la libertad de expresión”.
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