El Artículo 81 de la Ley establece sanciones para firmas corruptas en México que incluyen la inhabilitación temporal; suspensión de actividades de 3 a 36 meses; disolución de la sociedad e indemnización a la Secretaría de Hacienda.
Transparencia Mexicana (TM) celebró que por primera vez en el marco normativo del país, las empresas serán responsables y sujetos de sanción en caso de verse involucradas en actos ilícitos y de corrupción, de acuerdo con un posicionamiento elaborado por Carla Crespo y Vanessa Silveyra, coordinadoras de la organización.
Recomiendan códigos de conducta
TM recomendó a compañías implementar manuales de organización y procedimientos, códigos de conducta, sistemas de vigilancia y auditoria, organismos de denuncia internos y externos.
Eugenia Castañeda, abogada corporativa de Mexicanos Contra la Corrupción, señaló que las atenuantes en la Ley están construidas para que las empresas puedan adaptarlas a sus estratos y sectores.
“El manual de organización no será lo mismo para una empresa pequeña que para una grande, y tampoco hay un reglamento que refiera como debe ser”, afirmó.
Castañeda dijo que para las compañías será importante acercarse a las cámaras empresariales para el diseño de atenuantes.
TM recomendó a compañías implementar manuales de organización y procedimientos, códigos de conducta, sistemas de vigilancia y auditoria, organismos de denuncia internos y externos.
Eugenia Castañeda, abogada corporativa de Mexicanos Contra la Corrupción, señaló que las atenuantes en la Ley están construidas para que las empresas puedan adaptarlas a sus estratos y sectores.
“El manual de organización no será lo mismo para una empresa pequeña que para una grande, y tampoco hay un reglamento que refiera como debe ser”, afirmó.
Castañeda dijo que para las compañías será importante acercarse a las cámaras empresariales para el diseño de atenuantes.
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