lunes, diciembre 12, 2016

Aguinaldo deberá entregarse antes del 20 de diciembre recuerda la Secretaría del Trabajo

La legislación laboral establece multas entre 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos para patrones que incumplan este derecho, lo otorguen incompleto o de forma tardía, informa La Jornada.


La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recuerda a los dueños de centros laborales que, bajo ningún pretexto deben dejar de pagar el aguinaldo a sus empleados, el cual será de al menos 15 días de su salario.
El titular de la STPS, Alfonso Navarrete Prida, subrayó que esta prestación la deben recibir, sin excepción alguna, trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados y los contratados por obra, tiempo determinado o eventuales, así como los comisionistas, agentes de comercio, seguros, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Los empleados deben recibir su aguinaldo como fecha límite el 19 del mes en curso, y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) se mantiene vigilante en esta temporada de fin de año, ya que a partir del 20 de diciembre, los trabajadores podrán iniciar el trámite de juicio o conciliación por incumplimientos.
En su caso, este organismo de la STPS solicitará la intervención de la Inspección Federal del Trabajo para que las empresas cumplan con su obligación de pagar en tiempo y forma esta prestación.

Aquí la  información de La Jornada

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