Lo anterior significa que el exsecretario de Movilidad y expresidente estatal del PRI no es candidato ni podrá hacer campaña, mientras el Consejo General no emita, en un plazo de 12 días, un nuevo acuerdo que funde y motive el cumplimiento de los requisitos establecidos por ley para validar el equivalente a 3% del listado nominal como respaldo ciudadano a Pastor.
Los impugnantes aseguraron que la autoridad responsable fue omisa en verificar la información contenida en el disco compacto que anexó el interesado a su solicitud de registro, en que supuestamente se incluyeron las firmas de respaldo ciudadano pero resultaron inconsistentes en relación con las presentadas físicamente.
Los magistrados secundaron que a la autoridad electoral le faltó exhaustividad en la verificación de los requisitos de las más de 400 mil cédulas presentadas por el aspirante para acreditar el apoyo.
Los magistrados secundaron que a la autoridad electoral le faltó exhaustividad en la verificación de los requisitos de las más de 400 mil cédulas presentadas por el aspirante para acreditar el apoyo.
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